Autor Tema: Estan usando una foto mia sin permiso (SOLUCIONADO)  (Leído 11187 veces)

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Re: Estan usando una foto mia sin permiso
« Respuesta #20 en: 16 de Noviembre de 2005, 03:13:54 pm »
Yo ya he respondido alli por alusiones, creo que ha quedado todo bastante claro y ha retirado la foto, simplemente estos temas deben hacernos reflexionar a todos sobre el cuidado que debemos tener con estos casos aunque creo que mala intención no ha habido vaya o eso quiero pensar y si es cierto que rápidamente ha quitado la foto, yo le he invitado a usar las que quiera de davidhm.com y espero que si quiere hacerlo lo haga (eso si, igual no le gustan XD)

Saludos y calma
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Re: Estan usando una foto mia sin permiso
« Respuesta #21 en: 16 de Noviembre de 2005, 03:21:22 pm »
Por como ha ido comentando en todas sus respuestas, a mi entender, estaba dispuesto a quitarla.  Otro tema es que se agarre al tema de las licencias, sobre todo cuando lo pone bien clarito (al final encontre el punto que te hacia referencia Dabo  :)) en las condiciones, pero es que aun encima discute ese punto (y luego nos dicen a los maños cabezones...)

Bueno, en fins

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Re: Estan usando una foto mia sin permiso
« Respuesta #22 en: 16 de Noviembre de 2005, 03:37:22 pm »
Hermano, tenemos mucho contenido que crear y que...difundir, por mi parte está todo claro y el ha actuado rápido una vez se ha sabido todo, lo lamento por OS y el mal rato que ha pasado
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Re: Estan usando una foto mia sin permiso
« Respuesta #23 en: 16 de Noviembre de 2005, 06:08:06 pm »
¡¡¡Coño!!!, me habeis dejao sin palabras, hasta el jefe, se une para apoyar la causa, lo único que puedo hacer es daros las gracias, de verdad, de corazón, que aunque uno tenga la motosierra, tambien tiene su corazoncito y estas cosas lllegan  :shame:.

llevo todo el día intentando comunicarme con él, pero no se por que, no hay manera, de todas formas, y si le da por pasarse por aqui, lo único que le iba a decir, depues de informarme bien informado ( http://www.caborian.com/foro/index.php?topic=23136.msg269165#msg269165 ) y aunque el trate con estos temas todos los dias es esto:

Hola, en Daboweb, me conocen por Os, soy el AUTOR, de la foto que usaste para incluir en el blog, la cual, te aseguro, que solo se encuentra ubicada, "publicamente" en la pagina www.daboweb.com, lo único que te puedo decir, es que, personalmente, no tengo ningun problema, en que se usen mis fotografias, (firmadas como SCR), en cualquier sitio, siempre que no se vulnere ninguno de los derechos, que cualquier autor tiene, según Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
actualizado en Noviembre de 2005

que dice:
Artículo 5. Autores y otros beneficiarios.

1. Se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica.

2. No obstante, de la protección que esta Ley concede al autor se podrán beneficiar personas jurídicas en los casos expresamente previstos en ella.

Artículo 6. Presunción de autoría, obras anónimas o seudónimas.

1. Se presumirá autor, salvo prueba en contrario, a quien aparezca como tal en la obra, mediante su nombre, firma o signo que lo identifique.

2. Cuando la obra se divulgue en forma anónima o bajo seudónimo o signo, el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual corresponderá a la persona natural o jurídica que la saque a la luz con el consentimiento del autor, mientras éste no revele su identidad.


SECCIÓN 2. DERECHOS DE EXPLOTACIÓN.
Artículo 17. Derecho exclusivo de explotación y sus modalidades.

Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley.

Artículo 18. Reproducción.

Se entiende por reproducción la fijación de la obra en un medio que permita su comunicación y la obtención de copias de toda o parte de ella.


LIBRO III.
DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS RECONOCIDOS EN ESTA LEY
TÍTULO I.
ACCIONES Y PROCEDIMIENTOS
Artículo 138. Acciones y medidas cautelares urgentes.

El titular de los derechos reconocidos en esta Ley, sin perjuicio de otras acciones que le correspondan, podrá instar el cese de la actividad ilícita del infractor y exigir la indemnización de los daños materiales y morales causados, en los términos previstos en los artículos 139 y 140.

Asimismo, podrá solicitar con carácter previo la adopción de las medidas cautelares de protección urgente reguladas en el artículo 141.

Artículo 139. Cese de la actividad ilícita.

1. El cese de la actividad ilícita podrá comprender:

La suspensión de la explotación infractora.

La prohibición al infractor de reanudarla.

La retirada del comercio de los ejemplares ilícitos y su destrucción.

La inutilización y, en caso necesario, destrucción de los moldes, planchas, matrices, negativos y demás elementos destinados exclusivamente a la reproducción de ejemplares ilícitos y de los instrumentos cuyo único uso sea facilitar la supresión o neutralización, no autorizadas, de cualquier dispositivo técnico utilizado para proteger un programa de ordenador.

La remoción o el precinto de los aparatos utilizados en la comunicación pública no autorizada.

2. El infractor podrá solicitar que la destrucción o inutilización de los mencionados ejemplares y material, cuando éstos sean susceptibles de otras utilizaciones, se efectúe en la medida necesaria para impedir la explotación ilícita.

3. El titular del derecho infringido podrá pedir la entrega de los referidos ejemplares y material a precio de coste y a cuenta de su correspondiente indemnización de daños y perjuicios.

4. Lo dispuesto en este artículo no se aplicará a los ejemplares adquiridos de buena fe para uso personal.

Artículo 140. Indemnización.

El perjudicado podrá optar, como indemnización, entre el beneficio que hubiere obtenido presumiblemente, de no mediar la utilización ilícita, o la remuneración que hubiera percibido de haber autorizado la explotación.

En caso de daño moral procederá su indemnización, aun no probada la existencia de perjuicio económico. Para su valoración se atenderá a las circunstancias de la infracción, gravedad de la lesión y grado de difusión ilícita de la obra.

La acción para reclamar los daños y perjuicios a que se refiere este artículo prescribirá a los cinco años desde que el legitimado pudo ejercitarla.

estos son los puntos más importantes, del Real Decreto, actualizado en Noviembre y lo primero que dice es esto:

Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia
 
(BOE núm. 97, de 22-04-1996).

[Modificada por la Ley 5/1998, de 6 de marzo, por la que se incorpora al Derecho español la Directiva 96/9/CE, de 11-3-1996, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la protección jurídica de las bases de datos (BOE núm. 57, de 7-3-1998), y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (BOE núm. 7, de 8-1-2000), disposición final segunda].

[La Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal ha derogado el artículo 54  de esta Ley (BOE núm. 164, de 10-07-2003, pp. 26905-26965).]

La disposición final segunda de la Ley 27/1995, de 11 de octubre de incorporación al Derecho español de la Directiva 93/98/CEE, del Consejo, de 29 de octubre, relativa a la armonización del plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines, autorizó al Gobierno para que, antes del 30 de junio de 1996, aprobara un texto que refundiese las disposiciones legales vigentes en materia de propiedad intelectual, regularizando, aclarando y armonizando los textos que hubieran de ser refundidos. El alcance temporal de esta habilitación legislativa es el relativo a las disposiciones legales que se encontrarán vigentes a 30 de junio de 1996.

En consecuencia, se ha elaborado un texto refundido que se incorpora como anexo a este Real Decreto Legislativo, y que tiene por objeto dar cumplimiento al mandato legal.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Cultura, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de abril de 1996,

DISPONGO:

Artículo único. Objeto de la norma.-Se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia, que figura como anexo al presente Real Decreto Legislativo.

 
 DISPOSICIÓN DEROGATORIA
 
Única. Derogación normativa.-Quedan derogadas las siguientes Leyes:

1. Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual.

2. Ley 20/1992, de 7 de julio, de modificación de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual.

3. Ley 16/1993, de 23 de diciembre, de incorporación al Derecho español de la Directiva 91/250/CEE, de 14 de mayo, sobre la protección jurídica de programas de ordenador.

4. Ley 43/1994, de 30 de diciembre, de incorporación al Derecho español de la Directiva 92/100/CEE, de 19 de noviembre, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual.

5. Ley 27/1995, de 11 de octubre, de incorporación al Derecho español de la Directiva 93/98/CEE, del Consejo, de 29 de octubre, relativa a la armonización del plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines.

6. Ley 28/1995, de 11 de octubre, de incorporación al Derecho español de la Directiva 93/83/CEE, del Consejo, de 27 de septiembre, sobre coordinación de determinadas disposiciones relativas a los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la radiodifusión vía satélite y de la distribución por cable.

DISPOSICIÓN FINAL

Unica. Entrada en vigor.- Este Real Decreto Legislativo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

LIBRO PRIMERO
De los derechos de autor -   

TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales

Artículo 1. Hecho generador

La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.


De todas formas y para no extenderme más, lo único que puedo decir, corregir, que esa no es la playa de O Prado, de la localidad de Corrubedo, si no la playa de Balieiros, que aún encontrandose en la misma localidad, no es la misma, ni tiene dos nombres, te lo digo, por que yo, soy de allí.

Sin más, me despido, pidiendote, que si alguna vez, necesitas o quieres alguna fotografia mía, te pongas en contacto conmigo y atentamente, te responderé, de manera cordial, y siempre que sea posible, autorizaré la utilización de algunas de mis fotografias, siempre y cuando,repito, te pongas en contacto conmigo, y yo te de una autorización por escrito para la utilización de las mismas.

Atentamente OS. (SCR)

P.D.- Aprovecho para dar las gracias a todos los amigos que tengo.  :wink:

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ALGUNAS FOTOS

Canon 400D con chismes
Nikon D70s con "paratos"

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Re: Estan usando una foto mia sin permiso
« Respuesta #24 en: 16 de Noviembre de 2005, 06:51:42 pm »
Primero de todo, decir que aunque no puse nada en el blog, me considero amigo tuyo. :haha:

Y segundo, resaltar como has dicho, que se es autor de una obra por el simple hecho de crearla, y no hay que registrar esa obra o creacion en ningun sitio para estar protegido por la ley.

Ahora, por si acaso, date un paseo por las dos webs que dijo, no vaya a ser que encima lo esten poniendo en la web de algun organismo publico o empresa, que esos ya si que tendrian delito de pleno. ;)
Canon EOS 40D
18-55 EF-S / 70-200 F4 L IS USM / 50mm 1.4 pero aumentará   :smoke:

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Re: Estan usando una foto mia sin permiso
« Respuesta #25 en: 16 de Noviembre de 2005, 11:52:12 pm »
Os, siento lo que te ha pasado, pero por lo que parece se está solucionando sin demasiados problemas...

El caso es que yo me pierdo mucho en estos temas de derechos de autor y cosas así... He intentado leer con atención todos vuestros comentarios, pero me sigo haciendo un lío... vamos a ver... ¿Que puede suponer el que yo comparta mis fotos con todos vosotros en el foro? ¿Cualquiera tiene derecho a apropiarse de ellas libremente o están en la obligación de pedirme autorización? Si en algún momento quiero asegurarme de nadie va a utilizar una foto mía sin mi consentimiento... ¿Debo hacer algún tipo de registro? ¿O simplemente me vale con demostrar mi autoría? Y por último, ¿qué es eso de las marcas de agua? No son temas que me preocupen mucho actualmente, pero nunca se sabe... Si en el futuro me encontrara en la situación de Os (aunque dudo mucho que alguien quiera usar mis fotos :P) me gustaría saber a qué me enfrento y cómo solucionarlo... Agradecería una explicación sencilla, sin demasiados tecnicismos... Gracias :wink:
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Re: Estan usando una foto mia sin permiso
« Respuesta #26 en: 17 de Noviembre de 2005, 12:06:55 am »
Las fotos son tuyas desde el momento en que las haces , tú tendrás el original ya que la imágen que subes aquí siempre será una imágen reducida en peso y posiblemente en tamaño , en tu caso concreto ( si no me equivoco ) que haces las fotos en papel fotográfico de toda la vida podrías demostrar con mucha más claridad que la imágen es tuya y solo tuya ;-)

Una marca de agua es una imágen implementada en la fotografía , como una firma ...

Algo así ....

http://www.pressboxes.info/gallery/image.view.comp.php?image=526

Como verás esa marca de agua es bastante complicada de quitar :haha:

PD: Buena foto esa , si alguien quiere comprarla que no se corte ;-)

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Re: Estan usando una foto mia sin permiso
« Respuesta #27 en: 17 de Noviembre de 2005, 12:27:44 am »
Las fotos son tuyas desde el momento en que las haces , tú tendrás el original ya que la imágen que subes aquí siempre será una imágen reducida en peso y posiblemente en tamaño , en tu caso concreto ( si no me equivoco ) que haces las fotos en papel fotográfico de toda la vida podrías demostrar con mucha más claridad que la imágen es tuya y solo tuya ;-)

Una marca de agua es una imágen implementada en la fotografía , como una firma ...

Algo así ....

http://www.pressboxes.info/gallery/image.view.comp.php?image=526

Como verás esa marca de agua es bastante complicada de quitar :haha:

PD: Buena foto esa , si alguien quiere comprarla que no se corte ;-)

Gracias Liam, ahora lo tengo más claro... siempre que conserve los originales no debería tener ningún problema :wink:

Pero... eso de la marca de agua... ¿Siempre debe ser así? Quiero decir, una marca tan grande impide apreciar bien todos los detalles de la foto... por ejemplo, no sería una buena solución a la hora e subir fotos al foro porque dificultaría a la gente comentar la imagen, que es de lo que se trata... y una más pequeña... supongo que sería fácil de eliminar... Bueno, es simple curiosidad... No es que sienta necesidad utilizarla, pero como ya he dicho... nunca se sabe cuando voy a necesitar hacer uso de este tipo de conocimientos...

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Re: Estan usando una foto mia sin permiso
« Respuesta #28 en: 17 de Noviembre de 2005, 12:34:43 am »
Bueno , lo de la marca de agua es más un comentario que la persona en cuestión hace en cuanto a proteger las imágenes de cada uno para que no se las quiten , en el caso de presssboxes llevan esa marca de agua porque son imágenes a la venta , si compras la imágen te la mandan sin la marca de agua.

Es suficiente con tener el original , por lo que se comentaba anteriormente de que siempre tendrá más resolución que las copias que anden por ahí , y si le pones una firma tendrán que hacer como en el caso de os , recortarla aún más para eliminar esa firma :)

La marca de agua se usa mucho en ámbitos profesionales , evidentemente aquí molestaría para apreciar los detalles de la imágen .... otra solución es que no hagais fotos buenas , así no las querrá nadie :haha:

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Re: Estan usando una foto mia sin permiso
« Respuesta #29 en: 17 de Noviembre de 2005, 12:49:25 am »
Bueno , lo de la marca de agua es más un comentario que la persona en cuestión hace en cuanto a proteger las imágenes de cada uno para que no se las quiten , en el caso de presssboxes llevan esa marca de agua porque son imágenes a la venta , si compras la imágen te la mandan sin la marca de agua.

Es suficiente con tener el original , por lo que se comentaba anteriormente de que siempre tendrá más resolución que las copias que anden por ahí , y si le pones una firma tendrán que hacer como en el caso de os , recortarla aún más para eliminar esa firma :)

La marca de agua se usa mucho en ámbitos profesionales , evidentemente aquí molestaría para apreciar los detalles de la imágen .... otra solución es que no hagais fotos buenas , así no las querrá nadie :haha:

Entendido... Lo de la última solución... lo cierto es que llevo haciéndolo toda la vida :wink:
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