
Pues bién, ya hay sentencia firme y Soto ha sido absuelto de todos los cargos y tendrá que ser indemnizado con las costas del juicio por las discograficas, representadas por Promusicae, las cuales han visto como en la sentencia del juez, se afirma que los programas de intercambio de ficheros cumplen un objetivo meramente técnico que facilita la comunicación entre internautas, sin que haya beneficio para el demandado que tan solo desarrolla aplicaciones informáticas para su uso, sin haber en ningún momento, participación alguna de Pablo Soto en el mercado discográfico que pudiera considerarse como una competencia fraudulenta hacia las discográficas.




